¡Incentivar la contratación por sustitución de nacimientos de hijos!

por | Mar 16, 2023 | Empresas, Laboral Empresas, Laboral Particulares, Particulares | 0 Comentarios

El Real Decreto Ley 01/2023, de 10 de enero, aplica una serie de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral.

¿Cómo se quiere incentivar la contratación laboral por sustitución de nacimientos de hijos?

 

¿Cuándo se producen esas medidas?

Será a partir del 01 de septiembre de 2023

 

¿Qué tipo de medidas establece?

  • A partir de 01 de septiembre de 2023, ya no será posible beneficiarse de los contratos con 100 % de bonificación en seguridad social por sustitución de maternidad, paternidad o acogimiento.

Se mantendrán para los contratos formalizados hasta el 31 de agosto de 2023

  • Se aplicarán nuevas bonificaciones en contratos de duración determinada para algunos supuestos.

 

Aplicándose una bonificación en la cotización de 366 €/mes, por:

 

  1. Contratos celebrados con personas desempleadas menores de 30 años, para sustitución de personas que se encuentren en situación de riesgo por embarazo o riesgo durante la lactancia natural.

 

  1. Contratos celebrados con personas desempleadas menores de 30 años, para sustituir a personas que perciban prestaciones por nacimiento y cuidado del menor.

 

 

Cabe destacar que la bonificación aplicada hasta el momento para este tipo de contratos se verá reducida, además de la obligación de contratar a personas menores de 30 años.

 

Departamento Laboral

Bufete Prolegue

 

Foto: autonomosyemprendedor.es

 

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