El Tribunal Supremo establece que los autónomos societarios tendrán tarifa plana
La Seguridad Social pone al alcance tanto de autónomos societarios como de personas físicas, la posibilidad de acogerse a la tarifa plana, según establece el Supremo.
Así lo ha comunicado el área de impugnaciones de la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.
El cambio de criterio adoptado por la Seguridad Social
Se trata de un cambio de criterio adoptado por la Seguridad Social, después de tres sentencias del Tribunal Supremo.
Por tanto, se establece que los autónomos societarios podrán acceder a los beneficios de las cuotas de la tarifa plana.
Según informa europa press, el Tribunal Supremo ha dado la razón a los autónomos que denunciaban que no podían obtener la tarifa plana a través de la Seguridad Social.
¿Qué dice la Tesorería General de la Seguridad Social?
Según comunica europa press, la Tesorería General de la Seguridad Social dice que:
«procede modificar el criterio que ha venido manteniendo de manera que se permita a los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles capitalistas, ya sea de sociedades limitadas o anónimas, acceder a los beneficios en la cotización previstos en el artículo 31 de la Ley 2/2007, del Estatuto del Trabajador Autónomo».
Por otra parte, la Tesorería está pendiente de dictar una resolución en cuanto a los recursos interpuestos que todavía tengan que resolverse en relación a este tema.
Resoluciones en vía administrativa
Aquellas resoluciones que se encuentren en vía administrativa serán revisadas siempre y cuando lo soliciten los interesados.
En este caso, el órgano que dictó el acto originario será el que se encargue tanto de la tramitación como de la resolución.
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