Un juez ha determinado que los demandantes, un grupo de 18 consumidores, recuperaran el dinero correspondiente a las cláusulas suelo desde la firma de sus hipotecas. Desde la sentencia del Tribunal Supremo de 2.013 los jueces devolvían solo el importe pagado de más desde ese día.
Ha ocurrido en la Comunidad Foral de Navarra: un juzgado de Pamplona dictaba una sentencia en la que anulaba las cláuculas suelo que 18 consumidores tenían en sus hipotecas. Ahora, la entidad tendrá que devolver no sólo las cantidades cobradas desde la firma del préstamo, sino también los intereses que este dinero habría generado en este tiempo. Así, llevan la contraria a lo dictado por el Tribunal Supremo.
La asociación de consumidores Irache, que interpuso la demanda en representación de los afectados, se convierte en la primera en lograr un fallo en Navarra de forma colectiva.
La parte demandada, una entidad bancaria nacional, tendrá que reembolsar a cada afectado entre 2.000 y 3.000 euros. En total, 150.000 euros, con los que cubrirá lo retenido en concepto de cláusulas suelo durante estos años. Los usuarios representados en la demanda colectiva están vinculados a préstamos por vivienda que ascienden a cantidades entre los 78.000 y 349.000 euros, con ‘suelos’ de entre el 2 y el 5%.
Cláusulas suelo nulas desde la firma de contrato
Cuando una hipoteca depende del Euribor lo que el hipotecado paga varía en función de cómo varía éste. Por eso, se establecieron cláusulas suelo, que son los límites mínimos que el consumidor tendrá que pagar en la cuota mensual, aún cuando el Euribor esté por debajo. Así, el usuario nunca se beneficiaría de los tipos de interés más bajos.
Por eso, la asociación de consumidores demandantes la considerado que esta sentencia es de gran relevancia, puesto que no sólo han quedado anuladas las cláusulas suelo de los demandantes, sino que además las cantidades cobradas serán devueltas en su totalidad, en lugar de desde mayo de 2013. A juicio de la asociación, “es una buena noticia para los consumidores navarros”.
El Supremo ya consideró abusivas por falta de transparencia las cláusulas suelo de varios bancos. En este caso, el juzgado ha entendido abusivas las cláusulas por falta de transparencia, al trasvasar la argumentación del Tribunal Supremo en su sentencia 705/2015, de finales del año pasado, en la que considera que las cláusulas suelo incluidas en los préstamos del Banco Popular son nulas por no reunir las exigencias de transparencia aplicables.
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