Modificaciones en el Régimen intracomunitario de bienes
Cabe destacar que, desde el mes de marzo, entraron en vigor una serie de modificaciones en el régimen intracomunitario de bienes en cuanto al IVA.
Desde la Comisión Europea intentan establecer un sistema para controlar el comercio intracomunitario de bienes y servicios. De esta manera se podrá prevenir el fraude.
Operaciones intracomunitarias: definición
En primer lugar, debemos aclarar que las operaciones intracomunitarias ya sean de bienes o servicios, son las que se establecen entre países de la Unión Europea.
En estos casos, las administraciones de los países que llevan a cabo las operaciones están conectadas.
La función que tiene el IVA en las operaciones intracomunitarias
Cuando un comprador obtiene un bien o servicio, en primer lugar, recibe una factura sin IVA. Sien embargo, esta persona tendrá que pagar el impuesto en nuestro país.
De esta forma, se contabilizará como IVA soportado y repercutido.
¿Cuáles son las novedades en las operaciones intracomunitarias de bienes en el IVA?
Como decíamos anteriormente, en el mes de marzo se establecieron novedades en esta materia.
Estas modificaciones están reguladas por el Real Decreto – Ley 3/2020, de 4 de febrero.
De esta forma, estas novedades entran a formar parte del ordenamiento jurídico español. Se trata de una serie de directivas de la Unión Europea en diferentes ámbitos.
Principales novedades
A continuación, vamos a ver las principales novedades:
- Entre estas modificaciones encontramos las exenciones en la entrega comunitaria de bienes.
- Por otra parte, también habrá novedades en cuanto al transporte intracomunitario.
- Además, cabe destacar la entrada en vigor de los acuerdos de venta de bienes en consigna.
- También encontramos la armonización de la regulación de las entregas de bienes en cadena.
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