¿Se puede rastrear a un trabajador a través del GPS del vehículo de empresa?
El Tribunal Supremo estima que siempre y cuando el trabajador esté informado de la instalación del GPS en el vehículo, se podrán obtener los datos del mismo.
No obstante, se podrá obtener esta información del dispositivo siempre y cuando se utilice fuera del horario laboral y únicamente se registre la localización del vehículo.
Localizaron a una trabajadora a través del GPS utilizando el vehículo de empresa fuera del horario laboral
El caso en cuestión
Una empresa localizó a través del GPS del vehículo de empresa, a una trabajadora que estaba haciendo uso del mismo fuera del horario de trabajo. Por este motivo, despidieron a la trabajadora.
Así mismo, hay que mencionar que esta trabajadora estaba de baja médica y aún así, hacía uso de este medio de transporte.
Las consideraciones del Tribunal Supremo
Dadas las circunstancias anteriormente citadas, el Tribunal Supremo consideró que la trabajadora conocía la existencia del dispositivo.
Además, la trabajadora en cuestión, sabía que sus movimientos podían quedar registrados en el vehículo y era consciente de que no se podía utilizar fuera del horario laboral.
De esta manera, en la sentencia queda reflejado que no se trata de una invasión a sus derechos fundamentales.
No hay invasión a la intimidad
Por otro lado, la sentencia hace hincapié en que no hay ninguna invasión a la privacidad de la empleada, pues solo registra el movimiento del vehículo, algo que ya conocía de antemano.
A pesar de conocer las restricciones por parte de la empresa, la trabajadora siguió utilizando por cuenta propia el vehículo de empresa.
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