¿Puedo solicitar teletrabajar?

por | Feb 5, 2020 | Contrato de trabajo, Laboral Particulares, Particulares | 0 Comentarios

Teletrabajar para conciliar

¿Puedo solicitar teletrabajar?
Teletrabajar es una opción que cada vez más trabajadores solicitan. Hasta ahora, debía pactarse entre el trabajador y la empresa o mediante la negociación colectiva. Ahora, esta situación ha cambiado.

Los trabajadores tiene derecho a solicitar la posibilidad de teletrabajar, haciendo efectivo su derecho de compatibilizar la vida laboral y la familiar. Así se refleja en el Real Decreto 6/19 de 1 de marzo de 2019.

¿Qué supone teletrabajar?

Cuando hablamos de teletrabajo, nos referimos a realizar la actividad laboral en el domicilio del trabajador o en cualquier otro lugar que elija. Se plantea, así, una alternativa a llevarlo a cabo en el centro de trabajo de forma presencial. Además, se puede teletrabajar a tiempo completo o parcial.

Hasta la entrada en vigor de este Real Decreto, no siempre se podía solicitar el teletrabajo. No así, había que pactarlo expresamente con la empresa, y siempre por escrito.

¿Qué supone la nueva ley?

Una vez se ha modificado el apartado 8 del artículo 34, cualquier trabajador puede solicitar tanto la adaptación de la duración como la distribución de la jornada de trabajo. Una de las opciones es la de elegir teletrabajar, a fin de conciliar mejor la vida familiar y laboral.

Ahora, de acuerdo con el artículo 348 del Estatuto de los Trabajadores, se reconoce el derecho de los trabajadores al teletrabajo. Podrá ser en los términos previstos en la negociación colectiva o tras una negociación con la empresa.

Esta negociación, iniciada por el trabajador interesado, no podrá durar más de 30 días. En ese plazo, la empresa tendrá o bien que conceder la solicitud, o bien proponer alternativas a la propuesta.

También puede la empresa denegar esta solicitud. Eso sí, siempre tendrá que esgrimir razones objetivas. Igualmente, si el trabajador no estuviese de acuerdo podrá oponer y recurrir ante un juez sin necesidad de ir antes a conciliación.

¿Cobraré menos si hago teletrabajo?

Cando un trabajador empieza a teletrabajar, seguirá teniendo los mismos derechos que cuando lo hacía presencialmente en el centro de trabajo habitual. Por tanto, no se podrá reducir su nómina a raíz de este cambio.

Al ser un derecho para todos los trabajadores, y no solo para los que tienen familiares a cargo, se busca fomentar la igualdad. Y es que así no hay que recurrir a reducciones de jornada, con la consecuente reducción salarial.

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