Obligan a los empleados a falsear el registro horario

Los empleados fichaban una jornada parcial

Los empleados de una peluquería fichaban como si trabajasen media jornada cuando en realidad hacían una jornada completa. La empresa les obligaba a falsear el registro horario.

La empresa ante el tribunal

El juzgado de lo Social nº 3 de Ciudad Real, obliga a la empresa a pagar una indemnización por despido como si se tratase de una jornada completa.

En caso de no pagar la indemnización, tendrán que readmitir al trabajador además de pagarle el salario que le corresponda durante el tiempo que estuvo sin trabajar.

El caso de una auxiliar de peluquería

Este es el caso de una auxiliar de peluquería que tenía un contrato con fines formativos de media jornada y seis meses de duración.

El sueldo de esta trabajadora no llegaba a los 700 euros mensuales y trabajaba 11 horas semanales más de lo establecido en el contrato.

Según refleja la sentencia, la trabajadora firmó el contrato un tiempo después de empezar a trabajar.

El contrato determinaba que tras la firma, el trabajador tendría mayor responsabilidad.

Después de varios contratos temporales prorrogados durante un año, la dueña de la empresa despide a la trabajadora verbalmente en el momento en que finalizaba su contrato laboral.

El motivo de la denuncia

La trabajadora denuncia a la empresa porque estaba haciendo una jornada completa cuando en su contrato constaba media jornada.

Además, la dueña de la empresa le obligaba tanto a ella como al resto de sus compañeras a falsear los registros horarios.

Por otra parte, la empresa no lo considera como un despido sino más bien como una finalización de contrato.

Requisitos del contrato temporal

En la sentencia, la jueza establece entre los requisitos para avalar un contrato temporal están:

  • La naturaleza de la necesidad del trabajo a atender.
  • El carácter temporal y transitorio de esa necesidad.

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