VISITAR BLOG | NOTICIAS Y NOVEDADES

Multas de la Agencia Tributaria por no presentar la declaración de la Renta

by | May 13, 2021 | Agencia tributaria, Declaración de la renta, Fiscal y tributario, IRPF | 0 comments

Foto:diariosur.es

La sanción varía dependiendo de si se formaliza de forma voluntaria o si es Hacienda la que reclama el IRPF

La Agencia Tributaria da de plazo hasta el 30 de junio  para presentar, de forma voluntaria, la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria diferencia, para sancionar, cómo se ha solucionado el caso de una declaración de la Renta no presentada en el periodo de tiempo establecido por la ley.

Es  diferente si es el contribuyente el que la presenta fuera de plazo o si es Hacienda la que reclama una declaración no formalizada. A todo ello hay que sumarle que legalmente se da un periodo de 4 años para que la Agencia Tributaria reclame estos casos de ‘olvido’, por lo que puede darse una sorpresa hasta casi un lustro después de no haber cumplido con el ajuste anual de impuestos y retribuciones.

Presentada fuera de tiempo

Pasado el 30 de junio de 2021 se considera que una declaración de la Renta obligatoria no se ha presentado, por lo que Hacienda podría ya iniciar el expediente sancionador, pero existe un periodo de tiempo breve por el que pocos días después de concluir el periodo de la Renta se puede presentar sin haber multa. Pero el ‘olvido’ puede ser mayor.

El proceso empieza con la presentación sin cambios de la declaración de la Renta, sin que exista reclamación por parte de Hacienda. Esa voluntariedad provoca que la multa sea menor. Si el resultado es que la Administración debe devolver, el ingreso se realizará de forma normal, pero se notificará una multa de 100 euros. La cantidad de la multa no se restará del resultado de la declaración de la Renta, sino que se deberá abonar de forma independiente.

Pero si es el contribuyente el que debe pagar a Hacienda sí existe un recargo que varía dependiendo del tiempo que ha transcurrido desde que concluyera el plazo legal. Hasta tres meses después se abona como multa pagar un 5% más del resultado que dé la declaración, mientras que si han transcurrido entre 3 y 6 meses ese porcentaje sube hasta el 10 %.

En el caso de que el periodo de ‘olvido’ sea de entre 6 y 12 meses la sanción representa un abono extra del 15 % del resultado de la declaración y si ya se encuentra superando los 12 meses se debe pagar un 20 % de la cantidad resultante a pagar más intereses.

Reclamación de Hacienda

Si la presentación tardía no es voluntaria, sino que resulta de una reclamación de Hacienda para cumplir con la Agencia Tributaria las cantidades estipuladas como multa ascienden notablemente, incluso llegan a tener que pagar un 150 % más del resultado que dé la declaración.

Como ocurre en el supuesto de que se cumpla con Hacienda de forma voluntaria, en el proceso sancionador, también hay diferencias entre si sale a devolver o a pagar. En cualquier caso, la declaración, aunque tarde y tras ser reclamada, se presenta cumpliendo los trámites habituales.

Sonia Gómez
Bufete Prolegue

 

Si esta información te ha resultado útil, te sugerimos que sigas navegando por los siguientes enlaces:

¿Cómo hacer la declaración de la renta de los autónomos?

Resultado negativo en la Renta 2020-2021 ¿Qué significa?

Situación de ERTE y la declaración de la Renta ¿Y ahora qué?

0 Comments

Leave a Reply