Qué gastos del coche se pueden desgravar en la Declaración de la Renta
Queda menos de un mes para que termine la campaña de la Renta, y aún hay rezagados que no la han presentado. Pues deben saber que en algunos casos podrán desgravarse determinados gastos del coche.
El 1 de julio de 2019 terminará el plazo para presentar la Declaración del ejercicio 2018. Al completarla surgen muchas dudas, y no siempre incluimos todos los gastos posibles. Por ejemplo, los del coche. Porque hay gastos derivados de la compra o del mantenimiento del coche, incluido el IVA, que se pueden deducir si se cumplen una serie de condiciones.
¿Me puedo deducir la compra de un coche nuevo?
No son muchos los que se pueden deducir la adquisición de un nuevo coche. Pero algunos sí puedes. Así, si eres autónomo y puedes demostrar que necesitas ese coche para llevar a cabo tu actividad, podrás desgravarte la compra y el porcentaje del IVA. En el caso de los conductores profesionales del transporte de viajeros, de agentes comerciales, servicios de vigilancia, autoescuelas o transporte de mercancías, se podrán deducir la totalidad del IVA.
No obstante, las personas físicas, en general, no se pueden deducir la compra de un nuevo coche. Eso sí, hay excepciones. De este modo, si la compra está vinculada a los desplazamientos de una persona con discapacidad o movilidad reducida, se podrá desgravar hasta el 50% del IVA (que es del 4 por ciento y no del 21). Este punto no será así si se trata de un coche de segunda mano o kilómetro 0: sólo se podrá hacer si el coche es nuevo.
Renting, leasing y ayudas a la compra
También hay que recordar que si el comprador ha recibido algún fondo de un plan de ayudas para la renovación del vehículo, tendrá que declararla.
Cuando el nuevo vehículo se adquiere mediante renting o leasing y queremos desgravarlo, debemos tomar algunas precauciones. Así, para introducirlo en la Declaración tendrá que estar a nombre de una persona física, en lugar de jurídica.
Si es un autónomo quien adquiere el coche mediante la fórmula del renting, se podrá desgravar hasta el cien por cien de las cuotas netas, tanto en el IRPF como en el Impuesto de Sociedades.
Los gastos de mantenimiento del coche
Pero ¿qué pasa con los gastos de mantenimiento? ¿Se pueden desgravar? La respuesta, una vez más, es “a veces”.
Así, todos los autónomos que puedan justificar que necesitan el coche para llevar a cabo su actividad profesional, podrán. Eso sí, nunca podrán incluir el disfrute personal, y solo se desgravarán el 50% de los costes de la gasolina y en lo relativo al IVA.
También se pueden desgravar, a veces, algunos impuestos relacionados con el vehículo. De este modo, cualquier persona con un certificado de discapacidad igual o superior al 33% no tendrá que pagar el impuesto de circulación. Si se trata de familias numerosas inscritas, tendrán una bonificación del 50% en ese impuesto, siempre que el coche esté a nombre de los padres.
Coches de empresa
Los coches de empresa se consideran una retribución en especie. De este modo, serían parte del sueldo, si también se hace un uso particular de él. Así, si el coche está a nombre de la empresa, ésta se podrá desgravar el 20% anual del coste de compra, incluyen tanto el IVA como el impuesto de Matriculación.
Además, aparte de no pagar el Impuesto de Matriculación, los vehículos que no superan los 120 g/km de emisiones de CO2 y los 25.000 euros de coste, tienen una reducción del 15 por ciento en la valoración del coche cuando se facilita al empleado, según la normativa actual del IRPF, pudiendo llegar al 20 por ciento si es un coche híbrido de no más de 35.000 euros o del 30 por ciento si es “energéticamente eficiente”.
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