Los impuestos de la Lotería de Navidad
El próximo 22 de Diciembre tendrá lugar el famoso Sorteo Especial de la Lotería de Navidad con un primer premio valorado en 4 000 000 euros. El segundo premio estará valorado en 1 250 000 euros y el tercer premio en 500 000 euros. Habrá también dos cuartos premios de 200 000 euros cada uno y ocho quintos premios de 60 000 euros cada uno, respectivamente, así como un gran número de premios de 1 000 euros.
Lotería de Navidad 2017
Sin embargo, no hay que olvidar que, a estos abultados importes, hay que aplicarles el 20% de retención. Esto pasa desde la entrada en vigor el pasado 1 de enero de 2013 del Impuesto sobre los premios de la Lotería. Por eso, hay que aplicarles el 20% de retención que establece la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) sobre los boletos premiados.
De este modo, al importe de cada uno de estos premios habrá que deducir el 20% de retención que irá a parar a las arcas del Estado. Se deducirá ese importe en el mismo momento en que se cobre el boleto premiado sin tener que declarar esa ganancia en la Declaración de la Renta de 2017 (en el caso de la Lotería de Navidad 2017).
Se aplica en los premios de más de 2500 euros
Este Impuesto sobre los premios de la Lotería se aplica a todas las ganancias procedentes de premios de más de 2500 euros siempre y cuando se trate de sorteos de Loterías y Apuestas del Estado. Esto incluye Primitiva, Euromillones, Bonoloto, El Gordo de la Primitiva, La Quiniela, Quinigol, Lototurf, Quintuple Plus, Lotería Nacional, Lotería Nacional de Navidad y Lotería Nacional del Niño así como los sorteos ordinarios y extraordinarios de la ONCE.
Así, los afortunados que resulten ganadores de alguno de los cinco premios de la Lotería de Navidad, al ascender éstos a más de 2500 euros, se aplicará una retención del 20% sobre el importe total (descontando los primeros 2500 euros) quedando dichas cantidades tras esta retención de la siguiente manera:
La pedrea se disfruta completa
Por otro lado, los premios de la Lotería de Navidad cuya cantidad sea inferior a 2500 euros no estarán sujetos a retención disfrutando el ganador del premio del importe íntegro de éste. Por ejemplo, la famosa “pedrea” que no es otra cosa que los premios de 1000 euros a la serie y 100 euros al décimo estarán libres de impuestos.
Además, en el supuesto de que el premio fuera de titularidad compartida, la cuantía exenta se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda. Es decir, si existe un décimo premiado con 10 000 euros con cotitularidad de 4 personas, cada uno de ellos percibirá 2500 euros y, por tanto, el premio de cada uno quedará exento.
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