¿Dónde se pagan menos impuestos al comprar una vivienda?
Si compramos una vivienda, además del importe de la misma debemos contar con los impuestos. Estos variarán según la comunidad autónoma.
De este modo, el importe total de una nueva vivienda puede variar mucho según la posición geográfica. Y es que si bien en Madrid o Canarias los impuestos están entre el 4 y el 5%, en La Rioja se sitúan en el 3%. En el otro lado de la balanza están Cataluña, Extremadura o Baleares, donde pueden alcanzar el 11%.
Si se trata de una vivienda de segunda mano habrá que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Se trata de una transmisión patrimonial onerosa.
El importe de la compra
Así pues, el valor de la vivienda supone la base imponible. No obstante, a eso hay que añadirle el tipo impositivo que, como decíamos, cambia en cada comunidad autónoma.
Cuando se trata de estos impuestos, serán los siguientes en función de la comunidad autónoma:
Valencia
Los impuestos de la Comunidad Valenciana son algunos de los más altos de España, ya que tributa al 10%. No obstante, sí hay algunas bonificaciones previstas para la adquisición de determinados tipos de inmuebles, o si están a nombre de personas con discapacidad o familias numerosas.
La Rioja
Si bien en La Rioja el tipo general es del 7%, cumpliendo algunos requisitos se puede llegar a tributar a un 3%.
Murcia
En este caso, las bonificaciones están orientadas a las familias numerosas, menores de 35 años y personas con alguna discapacidad. Si no, los impuestos serán del 8%.
Madrid
La capital es una de las comunidades autónomas en las que menos impuestos se pagan por adquisición de vivienda de segunda mano. Y es que están establecidos en un 6%, y también se contemplan algunas bonificaciones.
También se favorece a las familias numerosas, que verán cómo su impuesto queda establecido en el 4%.
Galicia
Galicia tiene establecido su tipo general en un 10%. Si los impuestos se estableciesen siempre con ese tipo, sería uno de los más altos. No obstante, las familias numerosas, personas con discapacidad y menores de 36 años que compren su vivienda habitual tendrán un 3%.
Extremadura
Los tipos impositivos en Extremadura oscilan entre un 8% y un 11%. De este modo, si el valor de la vivienda es superior a 600 000 euros, la tributación será del 11%. Pero si se trata de la vivienda habitual se podrá reducir.
Cataluña
Igual que en Extremadura, el precio de la vivienda determinará también el tipo impositivo Así, hasta un millón de euros será del 10% y a partir de ahí al 11%.
También se contemplan tipos más bajos para discapacitados, familias numerosas o viviendas de protección oficial.
Castilla y León
Si bien el tipo general es del 8%, cuando la vivienda supera los 250 000 euros se tendría que pagar el 10% del valor del inmueble.
En el caso de familias numerosas, discapacitados y menores de 36 años, pueden llegar a tributar a un 4%, aunque para eso hay que cumplir otros requisitos.
Castilla-La Mancha
Se establece un tipo general del 9% en Castilla-La Mancha, pero, en casos de vivienda habitual y que cumplan los requisitos que establece la normativa, pueden llegar al 6%.
Cantabria
En Cantabria el tipo impositivo está establecido entre el 8 y el 10%. No obstante, como en otros casos, cuando se trata de vivienda habitual, personas con discapacidad, familias numerosas, viviendas de protección o menores de 30 años, se contemplan algunas mejoras.
Canarias
El tipo general en Canarias es del 6,5%. También hay beneficios para los adquirentes de una vivienda habitual, ya que se rebaja el tipo impositivo al 5%. Eso sí, el precio de la vivienda no debe superar los 150 000 euros.
Baleares
Las Islas Baleares tienen un régimen especial en función de si el inmueble va a ser destinado a la vivienda habitual del contribuyente y si el valor de adquisición es igual o inferior a 200 000 euros. En ese caso, tributará al 5%.
No obstante, esta es la comunidad autónoma en la que se pueden pagar impuestos de transmisión más altos. Y es que si no se trata de la vivienda habitual y según el valor de la compra, puede alcanzar el 11%.
Aragón y Asturias
Aragón y Asturias han optado por establecer porcentajes en base al valor de los bienes que se adquieren, estableciendo sus tipos mínimos en un 8%, y premiando en Asturias las adquisiciones de viviendas de Protección Pública.
Andalucía
Finalmente, Andalucía tiene un tipo impositivo entre el 8 y el 10%, en función del valor del inmueble.
Eso sí, siempre que se den determinadas circunstancias pueden ser del 3,5%. Entre los beneficiarios, estarían los menores de 35 años, las personas con discapacidad o familias numerosas.
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