¿Es legal las cámaras de vigilancia en el trabajo?
Cada día es más común que las empresas quieran instalar un sistema de vigilancia y opten por uno de videovigilancia para controlar los incidentes que puedan ocurrir durante la jornada laboral.
El pasado 25 de mayo de 2018 comenzó un nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos que tiene algunas novedades en este ámbito.
Si en tu empresa estás pensando en implantar sistemas de videovigilancia deberás tener en cuenta los siguientes puntos:
– No está permitido instalar cámaras en sitios públicos. Sólo podrás instalar cámaras en lugares que graben imágenes de tu empresa. Si las cámaras por su ubicación graban espacios de la vía pública deberás cambiar su orientación ya que no está permitido. Por lo que, en conclusión, las cámaras sólo podrán grabar lugares en los que se realice trabajo estrictamente.
– Las grabaciones de dichas cámaras sólo se podrán conservar un mes. Pasado este período, sólo se podrán conservar las imágenes más de un mes si se quiere probar algún tipo de agresión a personas, objetos o instalaciones.
– Siempre deberás informar a tus trabajadores de que hay instalado un sistema de videovigilancia con carteles informativos. Estos, deberán ser lo suficientemente visibles y contener con todo detalle: identificación de la empresa, política de cancelación, acceso, modificación de los datos para los interesados…
Además, con este tipo de sistemas puedes controlar la puntualidad y asistencia siempre que informes al empleado que se podrán utilizar como prueba de un incumplimiento laboral.
Por último, deberá informar a los empleados con un impreso informativo que contenga: la identidad y domicilio del Responsable de Tratamiento; la finalidad del tratamiento de datos de Carácter Personal; los derechos de Acceso, Rectificación, Oposición o Cancelación.
¿Se puede instalar cámaras en el baño?
Instalar cámaras en un baño está totalmente prohibido ya que se considera espacio público.
Este hecho puede suponer un año de cárcel como le pasó a un hombre de 34 años en Pontevedra. Este hombre instalóvideocámaras para grabar a sus compañeros de trabajo en los baños mixtos de la empresa.
Esta sentencia no admite ningún tipo de recurso. Además del año de cárcel deberá pagar una multa de 4.500€ por menoscabar la privacidad de sus compañeros y compañeras de trabajo.
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