Los recursos ven un problema que afecta al principio de igualdad, a la integridad física y moral, y al derecho a la protección de la salud.
El Tribunal Constitucional admite los recursos de amparo de mayores y niños contra la decisión judicial de vacunarlos contra la Covid
El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite los recursos de amparo promovidos por personas ancianas y menores de edad contra la decisión judicial de vacunarlos de la Covid.
Principio de igualdad , derecho a la integridad física y derecho a la protección de la salud e intimidad personal
El Tribunal entiende que estos recursos plantean un problema que afecta al principio de igualdad, al derecho fundamental a la integridad física y moral, al derecho a la protección de la salud y a la intimidad personal y familiar (arts. 14, 15, 18.1 y 43 CE), sobre el que no hay doctrina constitucional.
Asimismo, considera que el asunto suscitado en estos recursos de amparo trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social
La inoculación de un medicamento en fase experimental debe tener siempre carácter voluntario, según los recurrentes
por lo tanto, las resoluciones judiciales que les obligan a vacunarse son contrarias a los derechos fundamentales reconocidos no sólo en la Constitución, sino también en los convenios y tratados internacionales.
La vacunación obligatoria contra la Covid ha sido constante motivo de litigio, sobre todo desde que se decidió inoculara diferentes grupos de edad. En este sentido, a los tribunales de justicia llegaron en un primer momento recursos de ciudadanos que tenían familiares en residencias de mayores y que querrán evitar que en las mismas se les vacunara.
Se incrementaron los conflictos entre padres separados que tenían criterios diferentes sobre si sus hijos debían ser o no vacunados contra la Covid
Son varias las sentencias que han intentado dirimir la controversia. En septiembre de 2021, el juzgado de primera instancia 51 de Barcelona se tuvo que pronunciar por la discrepancia de unos padres a la hora de vacunar, e incluso de hacer pruebas PCR, a sus dos hijos de 15 y 16 años. El juzgado dio da la razón a la madre, partidaria de ambas medidas.
A finales de agosto de 2021, un juez de Pontevedra (Galicia) dictó un fallo en el que permitía a un padre divorciado vacunar a sus hijos en contra de la voluntad de la madre.
Hay casos donde los Juzgados dieron la razón a padres que no querían vacunar a sus hijos
Sin embargo, en diciembre de 2021, el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Icod de los Vinos (Tenerife) decidió desestimar la petición formulada por el padre de un menor de 15 años para que se autorizara judicialmente la vacunación de la covid a su hijo, ante el rechazo de la madre a inocularlo.
El juzgado decidió dar la razón a la madre y apoyar su criterio de no vacunar al menor por la “incertidumbre científica” que existe sobre la vacuna y las consecuencias a medio y largo plazo de su administración. El auto se sustentaba en el “principio de prudencia” para posicionarse del lado de la madre, que está divorciada del padre del menor.
A esta sentencia siguieron otras contrarias a la inoculación obligatoria de los menores de edad
La magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 19 de Barcelona dio la razón a la madre que se oponía a que su hija recibiera la vacuna en contra del criterio del padre. Ambos progenitores, separados y médicos, conocían los beneficios y perjuicios de inocular el fármaco, aunque con visiones totalmente opuestas.
En este caso, el juzgado tuvo en cuenta el hecho de que la menor hubiera pasado el coronavirus ese invierno y mantuviera los anticuerpos creados de forma natural, según las pruebas serológicas. Además, adujo la falta de “postura uniforme” al respecto entre los pediatras a la hora ponderar los beneficios de la vacuna entre los niños.
Fuente: economistjurist.es
Foto: (EFE)
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