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LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

El procedimiento judicial penal en España, comprende todo el conjunto de actuaciones jurídicas, que realizan el órgano judicial, particulares y partes intervinientes del proceso con el fin de realizar todas las pesquisas pertinentes a un delito, la identificación del presunto delincuente, su grado de responsabilidad, y la imposición de la pena por parte del Estado, medida cautelar o responsabilidad civil; así como el seguimiento para la ejecución y efectivo cumplimiento de la sanción impuesta.  

El proceso penal contempla diferentes procedimientos según la naturaleza y gravedad de la infracción. En Bufete Prolegue contamos con abogados penalistas expertos en procedimientos judiciales quienes actúan en todas y cada una de las fases del proceso, brindándole un asesoramiento integral con el objetivo de conseguir el enfoque más acertado para cada caso.

Abogados de Derecho Penal Expertos en Procedimientos Judiciales en Madrid y toda España

Los procedimientos penales se clasifican en procedimientos ordinarios y procedimientos especiales. Los ordinarios son procedimientos que se ejecutan para todos aquellos delitos tipificados en el Código Penal, mientras que los especiales se establecen para el enjuiciamiento de hechos punibles concretos o con relación a determinadas personas.

1.Procedimientos Ordinarios:

En este procedimiento se toma en cuenta la gravedad de la falta tipificada en el código Penal, atendiendo a la gravedad de la infracción criminal se clasifican a su vez en:

1.1 Procedimiento ordinario por delitos graves: Es el procedimiento en el cual se enjuician los delitos con penas privativas de libertad mayor a nueve años.

1.2 Procedimiento Abreviado: Es el procedimiento en el cual se enjuician los delitos con penas privativas de libertad menor a nueve años.

1.3 Procedimiento sobre delitos leves: El procedimiento donde se enjuician los delitos tipificados en el código penal como delitos leves, es decir, aquellas que la ley castiga con penas leves (art. 13. 3º CP).

 

2.Procedimientos especiales:

Los procedimientos especiales son para hechos punibles concretos o para delitos cometidos por determinados sujetos, a su vez se clasifican en:

 

2.1. Procedimientos especiales por razón de los sujetos: Son aquellos procedimientos donde el enjuiciamiento es para determinado sujeto que comete el hecho punible se clasifican a su vez en:

 

     2.1.1 Procedimiento contra menores: Este procedimiento es para enjuiciar delitos cometidos por menores, regulado por la LO 5/2000, del 12 de Enero, reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor.

     2.1.2 Procedimiento contra diputados y senadores: Es el procedimiento que enjuicia faltas y delitos cometidos por diputados y senadores, este procedimiento presenta algunas especialidades, se puede solicitar el llamado “suplicatorio”.

 

2.2. Procedimientos penales especiales por razón del objeto: Estos procedimientos son para enjuiciar hechos punibles concretos, a su vez se clasifican en:

 

    2.2.1 Procedimiento por injurias y calumnias contra particulares: La calumnia y la injuria son dos delitos contra el honor. La calumnia es la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad y la injuria es la acción o expresión que lesiona la dignidad de una persona. 

   2.2.2 Procedimiento por delitos cometidos por medio de la imprenta y otros medios mecánicos de publicación: En este procedimiento se enjuician los delitos cometidos utilizando medios o soportes de difusión mecánica.

   2.2.3 Delitos cuyo conocimiento se atribuye al Tribunal del Jurado: Es el procedimiento de enjuiciamiento asignados a Tribunales de Jurado, como institución para la participación de los ciudadanos en la administración de justicia de los delitos atribuidos a su conocimiento y fallo por la Ley Orgánica. 5/1995 

   2.2.4 Delitos rápidos–incoado previo atestado policial: Es el procedimiento para enjuiciar de forma rápida e inmediata aquellos delitos más habituales generalmente aquellos delitos flagrantes.

 

2.3. Otros procedimientos especiales

 

2.3.1 El procedimiento de “habeas corpus”: Es el procedimiento que tiene por objeto conseguir la inmediata puesta a disposición judicial de una persona detenida ilegalmente

 2.3.2 El procedimiento de decomiso autónomo: Es el procedimiento que se sigue con la finalidad de que un reo no obtenga ganancias derivadas de su delito a través de terceros, bien sea persona física o jurídica.

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