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LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

Los juicios rápidos son procesos penales diseñados con la finalidad de agilizar la resolución de algunos delitos habituales que tienen como característica principal que su pena privativa de libertad no debe exceder los 5 años. Su alcance y procedimiento está listado a partir del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).

La aplicación de estos juicios es muy importante ya que son procesos sencillos que se inician siempre con atestado policial y la detención de una persona que se pone a disposición del Juzgado de Guardia o que, sin haber sido detenida, haya sido citada a comparecer ante el Juzgado de Guardia.

En Bufete Prolegue contamos con los mejores abogados especialistas en juicios rápidos con más de 20 años de experiencia, que le garantizan la mejor asesoría en estos casos.

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Los juicios rápidos solo pueden ser aplicados en delitos cuya pena privativa de libertad no exceda de 5 años y otros delitos o con cualesquiera otras penas cuya duración no exceda de 10 años, pero son penas de naturaleza diferente a la prisión como inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público, prohibición de acercamiento a la víctima, etc. 

  • Delitos de lesiones, coacciones, amenazas o violencia física/psíquica habitual: A personas cercanas tipificadas en el art. 173.2 del Código Penal (cónyuge, descendientes, ascendientes, personas con discapacidad convivientes, menores.) 
  • Delitos de hurto y robo 
  • Delitos de hurto y robo de uso de vehículos 
  • Delitos contra la seguridad del tráfico: conducir ebrio, conducir drogado, negación a la prueba de alcoholemia, conducción temeraria o conducir sin carnet. 
  • Daños en la propiedad ajena: Cuando se provoca una destrucción o un menoscabo en una cosa ajena que disminuye su valor económico. 
  • Delitos contra la salud pública: cultivo, elaboración, posesión o tráfico de drogas. 
  • Delitos flagrantes relativos a la propiedad intelectual e industrial: Estos delitos ocurren cuando son violados los derechos que una persona posee sobre las creaciones originales artísticas, literarias o científicas.

Sin embargo, otro condicionante para tratar estos delitos es que su instrucción sea previsiblemente sencilla y que el delito no guarde relación alguna con otros delitos no susceptibles a enjuiciarse por la vía del juicio rápido.

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  • Tenemos más de 20 años de experiencia en la materia de juicios rápidos
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Tenemos amplia experiencia en las siguientes áreas:

Delitos contra la seguridad del tráfico

Delitos relativos a propiedad intelectual

Delitos de hurto y robo

Delitos de hurto y robo de uso de vehículos

Delitos de lesiones, amenazas o violencia física

Daños en la propiedad ajena

Delitos contra la salud pública

Delitos relativos a propiedad industrial

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