¿Y si un autónomo no paga la cuota a tiempo?

¿Y si un autónomo no paga la cuota a tiempo?

El autónomo deberá abonar un recargo del 20% de la deuda si no tiene motivos para retrasarse.

¿Qué pasa si un autónomo no paga la cuota a tiempo?

Un trabajador autónomo debe pagar una cuota a la Seguridad Social. Exactamente igual que uno por cuenta ajena, pero de su propio bolsillo.

La cantidad que pagará cada autónomo es variable, y depende de múltiples factores. Pero existe un mínimo que deberá ser abonado incondicionalmente a lo largo de cada mes.

No obstante, en ocasiones existen impedimentos para poder efectuar ese pago, y la Agencia Tributaria acepta algunos de ellos. No obstante, si el pago no se hace efectivo y la excusa del autónomo no está entre las aceptadas… deberá prepararse para pagar con recargo.

La cuota de autónomo

Si el motivo del retraso en el pago no está incluido entre los argumentos incorporados por la Administración, deberá abonar un recargo del 20%. Así pues, si el autónomo en cuestión estuviese cotizando la base mínima y no paga en tiempos, deberá pagar unos 320 € por ese impago. Por cierto, a esa cantidad habrá que sumarle la cuota del mes en el que tenga lugar el trámite.

Además de esa sanción del 20%, también existen intereses de demora. Este año, en concreto, están situados en el 3,75% de la deuda. Así pues, cuando hayan pasado 15 días desde que recibiese la notificación, la administración comenzará también a exigirle esos intereses.

Cómo abonar la cuota

No hay una única forma de abonar la cuota de autónomo. De hecho, hay hasta 3 opciones distintas. La primera es a través de un ingreso en la cuenta de la Tesorería General de la Seguridad Social a través de cualquier entidad financiera.

La segunda, y la más común hoy es día, es la de domiciliar la cuota en el momento del alta como autónomo. Así, cada mes, de manera automática, se cobrará la cuota sin necesidad de más trámites. La tercera opción sería la del pago telemático a través de entidades financieras presentando el RCL.

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