¿Se pueden separar los hermanos tras un divorcio?

por | Nov 5, 2019 | Familia, Hijos, Particulares | 0 Comentarios

Los hermanos, en principio, vivirán juntos

¿Se pueden separar los hermanos tras un divorcio?
Ante un divorcio o separación, uno de los puntos que más suele pesar es con quién vivirán los hijos. Si son varios hermanos, en ocasiones se complica.

Es más común de lo que en principio se pueda pensar que, cuando hay varios hermanos, cada uno quiera vivir con un progenitor. A veces es deseo de los hijos, y otras veces de los padres, sobre todo cuando hay dificultades económicas.

No obstante, esta medida sigue siendo extraordinaria. Eso sí, en determinadas ocasiones los Juzgados han admitido que los hermanos vivan separados, siempre y cuando se considere lo mejor para los menores.

La regla general no separa a los hermanos

Lo primero que hay que tener claro es qué dice la Ley acerca de separar a los hermanos. Así, en el Código Civil, en el Artículo 92.5, estipula que “El Juez, al acordar la guarda conjunta y tras fundamentar su resolución, adoptará las cautelas procedentes para el eficaz cumplimiento del régimen de guarda establecido, procurando no separar a los hermanos”.

No obstante, con esta regla se hacen, en ocasiones, excepciones. Y es que en determinados casos, se puede optar por separar a os hermanos a la hora de atribuir la custodia.

¿Cuándo es posible esta medida?

Para que sea viable una sentencia de divorcio o separación en la que se separen a los hermanos, debemos tener en cuenta los siguientes factores:

¿Qué piensan los menores?

En la Ley Orgánica de protección jurídica del menor estipula, en el artículo 9.1, que el menor será oído en cualquier procedimiento administrativo, judicial o de mediación en que esté afectado. Además, esa opinión se tendrá en cuenta, «en función de su edad y madurez”.

Por eso, es importante la opinión del menor, especialmente si tienen más de 12 años.

¿Qué es mejor para el menor?

Cunado se toma una decisión acerca de la custodia de los menores, siempre se tendrá que velar por los intereses del menor. Así viene determinado en el Artículo 24.2 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como en el Artículo 3.1 de la Convención de Derechos del Niño, el artículo 39 de la Constitución Española y en el Código Civil.

¿Se ha hecho antes?

Este punto puede ser clave. Si antes de la separación o divorcio legal ya acostumbraban a tomar esta medida de separación de menores, se podrá tomar como referencia. Si en el pasado no ha dado problemas, es más fácil que se admita para el futuro.

Sentencias previas

Así lo determina una sentencia del 25 de septiembre de 2015 del Tribunal Supremo. En esta se señala que si bien los hermanos solo se deben separar si es imprescindible, ya que lo más conveniente es que permanezcan juntos, se puede dar de forma excepcional. Eso sí, siempre tendrá que ser lo más adecuado para los hijos.

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