Cómo se hace la dación en pago para saldar la hipoteca
Desgraciadamente, lo hemos visto mucho durante los últimos años: ciudadanos que no han podido hacer frente a su hipoteca y han perdido su casa. Pero es que, además, todavía tienen una deuda con el banco. Eso se solucionaría con la dación en pago, pero no todo el mundo puede optar a ella.
Si no podemos hacer frente al pago de la hipoteca, lo más probable es que la entidad bancaria nos embargue. Para evitar esta situación, existe una cláusula legal llamada dación en pago.
Qué es la dación en pago
La dación en pago es un recurso que se ampara en el Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.
Se trata de una alternativa a la ejecución hipotecaria que consiste en entregar la vivienda hipotecada al banco para cancelar la deuda pendiente y así no quedar atado a la identidad durante años.
Cuando recurrimos a esta solución, con la que también quedarían perdonadas las comisiones de impago y los intereses de demora, podríamos permanecer en su interior 2 años en alquiler. Habría que pagar, mientras tanto, la renta que podamos asumir.
Eso sí, si la vivienda ya se ha anunciado en subasta o si ya tiene cargas posteriores, no será posible efectuar la dación en pago.
El Código de Buenas Prácticas
La dación en pago no es una obligación legal en España. Por eso, las entidades bancarias no están obligados a nada cuando el cliente realiza una solicitud de este tipo.
No obstante, si el banco en cuestión está acogido al Código de Buenas Prácticas, sí tendrá la obligación de aceptar la dación en pago. Siempre que quien lo solicita cumpla, eso sí, con los requisitos que se establecen en el código.
Este código es un documento creado por el Gobierno en abril de 2002 que establece las medidas y recursos destinados a solucionar aquellas deudas con garantía hipotecaria sobre una vivienda doméstica.
Cómo conseguir la dación en pago
A pesar de que se trata de una de las mejores alternativas si perdemos la vivienda, no todos los que la solicitan la consiguen.
Los requisitos para solicitarla son los siguientes:
- El banco que te concedió la hipoteca tendrá que estar adherido al Código de Buenas Prácticas Bancarias.
- Todos los miembros de la familia tienen que estar en paro, además de no tener otros bienes o derechos patrimoniales.
- La vivienda hipotecada debe ser la única propiedad.
- No debe haber aval para la hipoteca.
- Que la vivienda no se encuentre en procedimiento de ejecución.
- Que la vivienda no está gravada con cargas posteriores.
- La hipoteca debe recaer sobre una vivienda cuyo precio de compra-venta no exceda de unos determinados valores en función de la población de los municipios:
Municipios > 1 Millón habitantes: 200 mil € / 33 millones de pesetas
Entre 500 mil y 1 Millón hab.: 180 mil € / 30 millones de pesetas
Entre 100 mil y 500 mil hab.: 150 mil € / 25 millones de pesetas
Hasta 100 mil hab.: 120 mil € / 20 millones de pesetas
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