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Publicidad sexista y sus consecuencias

by | Apr 4, 2017 | Empresas, Mercantil | 0 comments

Las consecuencias de la publicidad sexista

 

Publicidad sexista y sus consecuencias

Muchos consumidores ya lo consideraban peor anuncio del año, y ahora un juez lo ha considerado, además, publicidad sexista. El anuncio, según el juez, trata a la mujer “como mero objeto”.

El juzgado mercantil número 4 de Barcelona ha condenado a la compañía de publicidad que hizo uno de los anuncios más comentados. En él, se muestra a una mujer desnuda, acompañada del siguiente texto: ‘¡No te obsesiones con ella! Tu también puedes tener una igual… ¡La melena, claro!’

Según el magistrado, se trata de publicidad sexista puesto que se usa a la mujer “como mero objeto”. Además, ha aseverado que se trata de publicidad ilícita y competencia desleal.

“Existe una desconexión total y absoluta entre la imagen desnuda de la mujer que se representa y el producto promocionado”, sostiene la sentencia a la que ha accedido Europa Press.

La condena por publicidad sexista

El magistrado ha emitido también su condena. Así, la compañía de publicidad tendrá que publicar la sentencia íntegra, “en el mismo periódico en que fue difundido”, en la misma ubicación y con el mismo tamaño y relevancia.

El anuncio apareció por primera vez el 5 de mayo de 2016, ocupando toda una página de un periódico nacional.

Para el juez, “las frases principales del anuncio facilitan dicha desconexión” entre el desnudo femenino y el tratamiento capilar. El cabello de la mujer es el único elemento de la publicidad que podría relacionarse con el tratamiento, pero aparece “en un segundo plano” y no está visible para el espectador, puesto que cuelga tras los hombros y la espalda, quedando fuera de la vista.

Asociaciones en contra de la publicidad sexista

La demanda la ha presentado una asociación, en calidad de demandante. Según ellos, se trata de un claro ejemplo de cosificación de la mujer, puesto que el mensaje publicitario es “vejatorio y discriminatorio”. Según la asociación contra la publicidad sexista, este tipo de anuncios ayudan a que continúe la violencia de género, manteniendo una imagen estereotipada de la mujer.

La entidad demandada, por su parte, ha negado que la publicidad sea “sexista, discriminatoria y vejatoria” -según la sentencia- y ha alegado que la campaña cuenta con otra versión con un protagonista masculino, que tiene las mismas características y mensaje.

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