La Justicia se pone seria. A partir de ahora abrir perfiles falsos en redes sociales para humillar a una persona ya es delito.
La Justicia persigue, por fin, a los acosadores en las redes sociales
La Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, de la libertad sexual, publicada en el BOE de 01-03-2023, ha añadido un párrafo quinto al artículo 172 ter del Código Penal, con la finalidad de ampliar la protección a las víctimas de acoso en redes sociales que sufren por parte de terceros que usan su imagen o bien usan sus datos para darse de alta en las páginas /web o aplicaciones de contacto, para hostigar a su víctima, que ve en redes sociales su imagen dañada, causando daños psicológicos, acoso en redes por parte del círculo del acosador .
Acosadores en las redes sociales a través de la creación de perfiles falsos o suplantaciones de la víctima
Es una figura de acoso moral en redes sociales, Twitter, Facebook, Instagram, Tik Tok, You Tube, etc incluyendo los servicios de mensajería, WhatsApp, Facebook Messenger, a través de la creación en redes de perfiles falsos, o dar de alta a la víctima con sus datos/imagen en aplicaciones de contactos para que la contacten / acosen terceros, causando grave daño psicológico a las víctimas.
En concreto, la reforma, ha añadido lo siguiente
“el que, sin consentimiento de su titular, utilice la imagen de una persona para realizar anuncios o abrir perfiles falsos en redes sociales, páginas de contacto o cualquier medio de difusión pública, ocasionándole a la misma situación de acoso, hostigamiento o humillación, será castigado con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses. Si la víctima del delito es un menor o una persona con discapacidad, se aplicará la mitad superior de la condena “.
Perseguir el acoso en las redes sociales o stalking
Esta actividad intrusiva en redes, es una modalidad de acoso o stalking que ya fue definido por el Tribunal Supremo, en Sentencia nº 843/2021 , de fecha 04-11-2021, que indicó que los actos de acoso han de rebasar la mera molestia, y para ser delito han de ser persistentes con grave afectación de la víctima.
Sagrario Verdejo Gutiérrez
Responsable Departamento Penal
Bufete Prolegue, S.L
Foto: elcorreo.com
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