LOPD: el derecho a indemnización

por | Ago 18, 2016 | Denuncias, Particulares, Protección de datos | 23 Comentarios

LOPD: el derecho a indemnización

Cuando se presenta una queja ante la Agencia de Protección de Datos, no se suele hacer con la finalidad de obtener una indemnización, sino más bien para mostrar un enfado.

Tanto es así, que hasta el número de denuncias ha descendido. Según la misma Agencia,  en 2015 se ha producido una disminución del número de denuncias presentadas ante la Agencia. Así, mientras que en 2014 se recibieron 10.074 denuncias, lo que supuso un incremento de un 14,80% respecto de 2013, en 2015 se han recibido 8.489, lo que ha supuesto un decremento descenso respecto de 2014 de un 15,73%. Se produce así en 2015, grosso modo, una vuelta a las cifras registradas en 2013.

Pocas denuncias se presentan con el pensamiento de que se podría obtener una indemnización a favor del interesado denunciante en caso de que finalmente se llegue a sancionar a una o varias entidades con relación a los hechos denunciados.

Quizá no muchos sepan que la actual, vigente y aplicable Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) regula el “Derecho a indemnización” en su artículo 19, indicando que “Los interesados que, como consecuencia del incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley por el responsable o el encargado del tratamiento, sufran daño o lesión en sus bienes o derechos tendrán derecho a ser indemnizados. 2. Cuando se trate de ficheros de titularidad pública, la responsabilidad se exigirá de acuerdo con la legislación reguladora del régimen de responsabilidad de las Administraciones públicas. 3. En el caso de los ficheros de titularidad privada, la acción se ejercitará ante los órganos de la jurisdicción ordinaria.”

Ciertamente, el citado artículo 19 no supone una gran novedad en materia de indemnización de daños y perjuicios, y por tanto parecería que toda sanción de la Agencia Española de Protección de Datos debería poder derivar en un acción por responsabilidad civil que pueda resarcir al interesado por aquellos daños identificables y cuantificables que se puedan deducir de los hechos que motivan la sanción.

Sin embargo, en la práctica, han sido muy escasos y por tanto rayando lo anecdótico, los casos en que se ha producido esta derivada. ¿Desconocimiento? ¿Dificultad de identificar y cuantificar el daño? ¿Desmotivación por la complejidad, coste, duración e inseguridad sobre el resultado de un proceso judicial a tal fin? Seguramente un poco de todo.

La indemnización en el nuevo Reglamento Europeo

El nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos (REPD), introducirá una nueva regulación del “Derecho a indemnización y responsabilidad” en su artículo 82 , que anticipa un escenario mucho menos anecdótico y mucho más habitual en materia de reclamación de daños y perjuicios por daños identificables y cuantificables en caso de sanción por vulneración de dicha norma.

Así, el apartado 1 recoge que “Toda persona que haya sufrido daños y perjuicios materiales o inmateriales como consecuencia de una infracción del presente Reglamento tendrá derecho a recibir del responsable o el encargado del tratamiento una indemnización por los daños y perjuicios sufridos”; y el apartado 6 señala que “Las acciones judiciales en ejercicio del derecho a indemnización se presentarán ante los tribunales competentes con arreglo al Derecho del Estado miembro que se indica en el artículo 79, apartado 2.2.”

En conclusión, a partir del 25 de mayo de 2018 estaremos ante una nueva regulación en materia de indemnización por los daños causados por un tratamiento de datos contrario a la normativa que ha sido declarado como tal mediante resolución de una autoridad competente. Los responsables de ficheros y encargados del tratamiento, públicos o privados, deberían estar muy atentos a este nuevo régimen mucho más preciso, factible y concreto que el actual, que anticipa un número de reclamaciones mucho mayor, y que debe incorporarse a la gestión de la privacidad, a sus cuadros de mando y a su cálculo de riesgos en la materia.

23 Comentarios

  1. andres

    Buenas me gustaria comentar mi caso: pase un tribunal medico para un pase a segunda actividad en mi trabajo, me he enterado por unos trabajadores que le habian comentado parte de la resolucion del tribunal medico donde se especifica mis dolencias asi como los motivos para pasar a segunda actividad, incluso otros compañeros me han dicho que han leido todo el informe medico facilitado por el responsable de mi area, soy funcionario. Esto es denunciable ó se puede permitir estas cosas. gracias
    .0

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    • admin

      Buenas tardes, Andrés.

      Un abogado nuestro especialista en Protección de Datos se va a poner en contacto con usted vía email para explicarle todos los pormenores del caso y las posibilidades que ve. Le rogamos que revise su cuenta de spam si en las próximas 12 horas no ha recibido un correo nuestro.

      Un saludo

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  2. Joan

    Hola buenas tardes. Me ha surgido un problema en el cual hace un par de dias compre un telefono en una tienda electrónica (se que al comprarlo cedo mis datos únicamente a la tienda electrónica), sin embargo he decidido devolverlo porque no cumple mis expectativas; Un conocido trabaja como «promotor» en esa tienda mas no trabaja para la tienda como tal. El mismo me a comentado que en un grupo de Whatsapp de los promotores (no de la tienda que es a quien cedi mis datos) a salido mi nombre a relucir porque se molestaron porque devolví un teléfono y le afecte sus comisiones, incluyendo mi nombre entero y los datos de mi compra con lo cual cualquiera pudiera acceder a mis datos. Ahora no entiendo como una empresa externa a la cual no he dado mi consentimiento puede hacer esto y peor aún publicarlo entre sus empleados. Es esto legal? Gracias de antemano

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    • admin

      Buenos días Joan,

      Efectivamente, este es un uso ilegal de los datos. Por lo que vemos, parece ser un grupo de WhatsApp conformado por el grupo de promotores, más que uno administrado por la propia empresa. Es decir, uno de los promotores ha extraído sus datos fuera del contexto empresarial y los ha volcado dentro de un contexto privado suyo.

      El verdadero problema radica en cómo se puede probar esa utilización y volcado en el grupo. Si su conocido puede obtener pantallazos de cuándo se volcaron tus datos en el grupo, quién lo hizo y qué se dijo, tendríamos material probatorio suficiente para presentar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos.

      Si es posible obtener esta documentación, contacte de nuevo con nosotros para que podamos ver qué estrategias se pueden diseñar.

      Un saludo y muchas gracias.

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    • Cristina Cantos

      He interpuesto demanda judicial con Cetelem por tarjetas revolving y está pendiente el juicio para marzo’23. Por motivos económicos no he pagado dos cuotas de dicha entidad y me llaman a todas horas. Incluso me recalcan el nombre de la empresa donde trabajo y han llamado al telf de mi madre. Creo que se ha quebrantado la ley LOPD y me siento dañada moralmente y hasta que un juez no dicte lo contrario creo que están reclamando algo que no les corresponde. Qué puedo hacer? Puedo reclamar por acoso o daños morales si gano el juicio de las tarjetas?

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      • admin

        Estimada Cristina,

        En relación con la reclamación por daños morales, conviene recordar que para acreditarlos recomendamos que se aporte un informe pericial para explicar tanto los daños como los criterios de cuantificación de estos. Si bien en caso de que se reunieran pruebas suficientes de estos daños y de la negligente actuación de la entidad financiera, listado de llamadas etc. se podría obtener una indemnización.

        Por otro lado, cabría interponer una denuncia ante la Agencia española de protección de datos, pues cuando las entidades financieras se ponen en contacto con un supuesto deudor a través de datos que nunca se le han facilitados, como puede ser contacto de amigos o familiares o del lugar de trabajo, se estaría vulnerando la LOPD. Además, las entidades nunca pueden poner en conocimiento de terceros el motivo por el que llaman, ni tampoco la cuantía de la deuda que reclaman.
        En este sentido la AEPD ya ha impuesto multas a las entidades por dicha conducta.

        Somos especialistas en LOPD y podemos encargarnos de presentar denuncia ante la AEPD y darle seguimiento.

        Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Despacho de Abogados en el teléfono 91 523 05 98 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email atencioncliente@bufeteprolegue.com

        ¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!

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  3. Lazaro Rubiales Venegas

    Buenas tardes. Mi mujer con la cual tengo separación de bienes le dijo a una amiga suya que trabaja en Bbva que mirara si yo tenía cuentas prestamos y demás en su banco y a consecuencia de esto nos estamos separando. Que puedo hacer? Puedo reclamar a bbva una indemnización?

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    • admin

      Buenos días, Lázaro:

      Efectivamente, en este caso la persona responsable del mal uso es la amiga de su mujer que dio los datos sin su consentimiento, y se puede buscar la responsabilidad subsidiaria de BBVA. Lo más recomendable en estos casos es enviar un burofax a la oficina para advertir de la posible corresponsabilidad que ellos tienen, siempre y cuando se pueda demostrar sin género de dudas esa situación. Si no se puede, o si solo hay pruebas indiciarias, la denuncia se orientaría solo a ella.

      El tema de la separación de bienes es también relevante ya que si fuese una deuda adquirida en virtud de la masa común, la información sí que se hubiese ofrecido con arreglo a la Ley.

      Lo mejor es mantener una reunión para ver la viabilidad del caso.

      Le dejo el mail de nuestro especialista en protección de datos y comercio electrónico, se llama Manuel: m.triana@bufeteprolegue.com. Puede escribirle con total libertad, que estará encantado de darle un asesoramiento más personalizado.

      Un saludo

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  4. Begoña

    La aseguradora del automovil com el que sufri um accidente y me ha abonado una cantidad debida a las lesiones sufrdas ha informado sin mi consemtimiemto a una tercera persona(que se identifico como mi pareja) y debido a esta informacion me esta haciendo el dia a dia imposible ( presentandose en mi trabajo…hablando y haciendo comentarios sobre mi persona) he querido hablar pacificamente pero no atiende a razones,,,y creo que es mi derecho que se responsabilicen para que no suceda en mas ocasiones y nadie pase por lo que me esta pasando gracias y espero puedan asesorarme

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    • admin

      Buenas tardes, Begoña:

      Efectivamente el asunto es constitutivo de dos infracciones:

      1. Frente a la aseguradora que no contrastó la identidad del usuario solicitando escaneo de su DNI y del de la persona de quién solicitaba la información.

      2. Frente a esa tercera persona tanto por el uso ilegal de la información, como (más grave) por un delito de acoso.

      Si necesita más asesoramiento remítanos su teléfono para que podamos contactar con usted y poder fijar una reunión para asesorarla.

      Reciba un cordial saludo

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  5. Jhon

    Hola,estoy siendo acosado por compañías telefónicas, vendedores y comerciales. Ofreciéndome productos. En ningún momento he dado autorización al uso de mis fastos. Que puedo hacer. Gracias.

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    • admin

      Buenos días, Jhon:

      De momento, antes de poder iniciar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, es necesario que registre el nombre de la empresa que le llama, que le explique al comercial que no desea ninguna nueva comunicación en virtud del artículo 22 de la LSSICE (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico), y que quiere que se supriman sus datos en virtud del artículo 15 la LOPDGDD (Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales)

      Si, pese a esto, continúan llamando, avísenos para que ejercitemos sus derechos a través de los medios electrónicos que estás compañías tengan.

      Cualquier cosa, no dude en contactarnos. Tenemos oficina en Madrid y Barcelona.

      Un saludo.

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  6. Jose maria

    tengo varias multas de trafico del ayuntamiento y mi mujer fue ayer al servicio provincial de recaudacion y le entregaron las multas con sus cuantias, aunque estan a mi nombre y de mi vehiculo han vulnerado la proteccion de datos por entregar los recibos a mi mujer sin mi autorizacion, son procedimientos sancionadores en via ejecutiva

    Responder
    • admin

      Estimado José María:

      Se trata de un asunto complejo, ya que depende de factores como la titularidad del vehículo, la documentación aportada a la hora de retirar las multas…

      Si lo desea, le invitamos a mantener una reunión con nuestros abogados, a fin de que le asesoren en profundidad. Si reside en Madrid, esta reunión podrá ser en nuestra oficina. Si no, a través de Skype también podemos mantenerla.

      Un saludo

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  7. NOELIA

    la empresa que me alquila la vivienda , la cual llevo ya 10 años , le ha mandado a una vecina sin mi consentimiento un email con un anexo de mi contrato con mi nombre apellidos y dni . que puedo hacer

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  8. ALfonso

    Soy propietario de un local comercial que está arrendado. Hace unos días recibí un escrito de la administradora de la Comunidad de propietarios, dirigido a todos los propietarios, al que aduntaba un informe de un arquitecto «siendo la promotora del mismo la Comunidad», que incluía fotografías y planos del interior de mi local, TOMADAS Y LEVANTADOS, Y ENVIADOS A TODOS LOS VECINOS SIN MI CONOCIMIENTO (NI CONSENTIMIENTO). El informe propone afectar parte de mi local como solución para eliminar barreras arquitectónicas de la Comunidad. ¿Vulnera algún precepto de normativa de protección de datos y podría generar indemnización? Me siento perjudicado

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  9. Thiago

    Hola, he recibido inúmeras llamadas de una empresa de seguros de decesos, que a principio no lo se como han conseguido mi número. una de las llamadas hablo con una chica y muy educadamente le digo que no me interesa, le dejo hablar y hacer su trabajo porque me sabe mal cortar la llamada, por fin le digo que no es de mi interés y colgamos la llamada. En seguida he enviado un correo a los responsables por la protección de datos de esta empresa para que quiten mi nombre de sus ficheros, entonces al largo de la semana la chica que hable por teléfono, me sigue acosando llamando y no contenta empieza a enviar whatsapps que no he contestado claro, y por fin si despide con un tono amenazador.

    Pueden hacer eso? me parece que se han pasado no?

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  10. DCR

    Una empresa subroga parte de la actividad de mi empresa y algunos trabajadores seremos cedidos. Nos hemos enterado que han cedido todos nuestros datos sin consentimiento por nuestra parte ya que no hemos firmado nada. De hecho no hemos firmado ningún documento que nos informe que seremos traspasados a otra entidad. ¿Puede denunciarlo? ¿Tengo derecho a indemnización?

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    • admin

      Buenos días Diana,

      Debes revisar tu contrato, y la permisibilidad de subcontratación que suele aparecer recogida. También te comento que las denuncias por materia de Protección de Datos, suponen una sanción a la empresa, no una indemnización al denunciante. Con la información que nos aportas es lo único que te podemos decir.

      Muchas gracias,

      Un saludo.

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  11. Luis

    Una tienda de móviles, donde saqué un tarjeta de telefonía prepago nueva, dio mi número a teléfono a terceras personas para que me llamaran y molestaran. Dos horas después empezaron a llamarme personas que no conocía diciendo que mi número de teléfono estaba publicado en la web, cosa que no es cierta porque el numero es nuevo. Desde entonces tengo además problemas con la red de datos ya que continuamente se ralentiza e incluso hay momentos que no tengo red. He probado con otra tarjeta prepago del mismo operador (de otro numero) y la red va genial, ¿podría demandar a la tienda por infringir la LOPD?

    Responder
    • admin

      Estimado Luis,

      Aquí se plantean dos cuestiones independientes; En primer lugar, la protección de datos (tenemos que valorar si la tienda ha incumplido con lo dispuesto en el Reglamento) y en segundo lugar, de manera residual, la cuestión relativa a los problemas con la red de datos, que sería un fallo en la prestación de servicios por parte del operador de telefonía.

      Centrándonos en la cuestión principal, objeto de la consulta, la tienda de telefonía móvil no puede ceder datos personales (incluido número de teléfono), salvo que el interesado haya prestado su consentimiento, para lo que deberá haber aceptado el tratamiento de sus datos y haber otorgado su consentimiento expreso. Son comunes las cláusulas de contenido comercial en las que prestamos nuestro consentimiento para recibir promociones, publicidad, ofertas, y en las que se indica que nuestros datos (incluido número de teléfono, mail) podrán ser utilizados para fines comerciales.

      Si marcamos estas casillas, estamos prestando consentimiento para que utilicen nuestros datos. No obstante, se puede revocar el consentimiento en cualquier momento.

      A grandes rasgos y a falta de más información, lo primero que habría que hacer es contactar con la tienda de móviles, remitiendo Burofax, solicitando información sobre el tratamiento de datos personales de sus clientes, para verificar si cumplen con lo dispuesto en el RGPD, solicitando copia del consentimiento prestado por el cliente en cuestión a la compra de la tarjeta prepago. La tienda por su parte está obligada a proporcionar información sobre el procesamiento de datos y debe tener el consentimiento documentado firmado para llevarlo a cabo.

      Existe la obligación de informar al usuario sobre las políticas de privacidad, y la implementación efectiva del servicio ha de ajustarse a los límites de esa información, de la legitimación para el tratamiento y las garantías generales del RGPD.

      No obstante lo anterior, para realizar una mejor valoración y estudio en profundidad del caso precisaríamos de una mayor información:

      1.- Cuando el cliente dice que la tienda ha facilitado su número de teléfono a terceras personas que le están llamando y molestando; ¿A qué terceras personas se refiere? Particulares, comerciales, empresas.?? En el supuesto de que sean llamadas comerciales; ¿Se efectuaron desde un teléfono móvil?
      2.- Con respecto a la publicación de su número de teléfono en la web; ¿Se ha verificado que esto sea cierto y el teléfono aparezca en la web?
      3.- ¿Se ha puesto en algún momento el cliente el contacto con la tienda a fin de solicitar las oportunas explicaciones?

      Dado lo anterior, recomendamos una reunión en nuestras oficinas para estudiar todas las posibilidades.

      Quedamos a su disposición.

      Gracias!

      Un abrazo y Felices Fiestas!

      Responder
  12. Anónima

    Hola,

    Mi caso es con una compañía de seguros de coches.

    En un pueblo a 500km de la ciudad donde yo vivo, un trabajador ha tomado mis datos de la aseguradora y, con una firma de alguien, me han puesto como aseguradora de un vehículo que no me pertenece.
    Cuando me he dado cuenta, casi un año más tarde, llamo a la compañía para que anulen de inmediato esa póliza. El trabajador en cuestión me confirma que un hombre garabateó mi firma, me confirma que lo hizo porque le salía más barato y , no sólo se ríe de mí cuando le digo que es una estafa, sino que me envía un contrato para que firme que «me persono en la oficina para desistir de la prórroga de un año más de seguro».

    Es decir, sigo siendo la titular de un vehículo que no me pertenece, no me anulan el seguro, han falsificado mi firma y han violado la ley de protección de datos. ¿Qué puedo hacer?

    Responder
    • admin

      Estimado usuario,

      Teniendo en cuenta que la aseguradora ya ha indicado que no va a anular el seguro, tendríamos que interponer denuncia por delito de estafa y/o falsedad documental para acreditar que la firma con la que se contrató no era la suya y pedir una indemnización por los daños y perjuicios que le ha ocasionado esa contratación. Si lo desea puede indicarnos sus datos de contacto para asesorarle.

      Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Despacho de Abogados en el teléfono 91 523 05 98 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email info@bufeteprolegue.com

      Un abrazo y feliz tarde!!!

      Responder

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