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Ley de la Segunda Oportunidad, aplicada en Sevilla

by | Jan 23, 2018 | Civil, Contratos, Empresas, Hipoteca, Inmobiliario y vivienda, Mercantil, Particulares | 0 comments

La Ley de la Segunda Oportunidad

Ley de la Segunda Oportunidad, aplicada en Sevilla

En 2015 se aprobó la Ley de Segunda Oportunidad. La idea es liberar a particulares y autónomos de sus deudas, una vez que se han arruinado. Da, así pues, la posibilidad de no arrastrar esa deuda de por vida.

Los juzgados de Sevilla han sido testigos de cómo a un matrimonio la vida la daba otra oportunidad. O, más bien, el juez les daba una segunda oportunidad. Y es que, años después de arruinarse, han sido exonerados de la totalidad del pasivo insatisfecho a sus acreedores.

En el auto, eso sí, queda expresamente reflejado que los deudores habían cumplido todos los requisitos necesarios para poder acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. Así, consideran que han actuado “de buena fe”, habiendo intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores privados, aunque éste no prosperó.

La importancia de la buena fe

Según el fallo judicial, tal y como decíamos, ha sido fundamental la buena fe de los deudores. Eso incluyó la declaración de un concurso de acreedores voluntario. Fue después cuando el matrimonio solicitó acogerse al “beneficio de exoneración de pasivos insatisfechos”. El administrador concursal no se opuso, por lo que el juez así lo acordó. Tendrán el beneficio de exoneración, tal y como dictamina el auto del 13 de diciembre contra el que no cabe recurso.

Según parece, el matrimonio se vio afectado profundamente por la crisis del 2008. Fue entonces cuando el marido perdió su trabajo, y cuando consiguió otro le suponía unos ingresos notablemente inferiores a los previos.

Así pues, llegó un momento en el que a principios de mes habían invertido casi todo su dinero en hacer frente al pago de préstamos y tarjetas bancarias.

La pareja, con tres hijos a su cargo, se vio obligada a vender su casa al no poder pagar la hipoteca para irse a vivir de alquiler. Pero aún así sus ingresos no llegaban para cubrir los gastos mínimos, por lo que tuvieron que recurrir a la ayuda de familiares y amigos.

Una segunda oportunidad

Cuando llegaron a este punto, decidieron iniciar un expediente de liberación de deudas. Éste ha finalizado con la anulación de las mismas, gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.

Esta ley entró en vigor el 28 de julio de 2015. A través de su aplicación, particulares y pequeños autónomos podrán ser exonerados del pago de sus deudas a los acreedores privados tales como los bancos. No incluye, eso sí, las deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social.

Podrán acogerse a esta Ley siempre que demuestren que previamente han actuado de buena fe. Igualmente, tendrán que demostrar que han intentado llegar a un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda, fijar un calendario de pago inferior a 10 años o pagarla mediante la concesión de bienes.

Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores con la mediación de un juez y en el marco de éste, solicitar ante el tribunal la exoneración de la deuda parcial o total (como en este caso).

En el plazo de cinco años, cualquier acreedor puede pedir que se revoque dicha exoneración si constata la existencia de ingresos o bienes por parte de los deudores.

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