Tiene que existir la posibilidad de no aceptar las cookies
Desde que entrara en vigor el Reglamento General de Protección de Datos, muchas páginas web han tenido que adaptarse. Uno de los puntos polémicos tiene que ver con las cookies.
La compañía Vueling lo ha sabido de primera mano. Y es que la Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado a la aerolínea con 30 000 por este motivo. En su página web, al parecer, no daban la posibilidad de negarse a las cookies. Los usuarios estaban, así pues, obligados a utilizarlas si querían navegar por la página.
Ahora, la AEDP ha emitido una resolución sancionadora por la cuantía de 30 000 euros. No obstante, se podría ver rebajada a 18 000 si se acogen al pronto pago.
Ley de Servicios de la Sociedad de la Información
De acuerdo a la sentencia, Vueling ha incumplido el artículo 22.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI). Este artículo, el de Derechos de los destinatarios de servicios, dice:
«2. Los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal .
Cuando sea técnicamente posible y eficaz, el consentimiento del destinatario para aceptar el tratamiento de los datos podrá facilitarse mediante el uso de los parámetros adecuados del navegador o de otras aplicaciones.
Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso de índole técnica al solo fin de efectuar la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente necesario, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario.»
No permitir a los usuarios navegar sin cookies
Esta sentencia deja claro que no basta con un banner de aviso de las cookies. En cambio, tiene que existir la opción de oponerse a ellas. En la página actual de Vueling das el consentimiento sí o sí, aunque sea involuntariamente.
Si esta información te ha resultado útil, te sugerimos que sigas navegando por los siguientes enlaces:
La Agencia de Protección de Datos incumple la ley
0 comentarios