Estrasburgo sentencia que la empresa debe avisar antes
Es legal que una empresa revise el correo electrónico de sus trabajadores. Así se deduce de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos desde Estrasburgo.
Y es que el Tribunal ha dado la razón a un empleado que fue despedido como consecuencia de una revisión que hizo la empresa de sus correos electrónicos. Estrasburgo ha dado la razón al ex empleado puesto que no se le había informado debidamente de que esto podía ocurrir.
Estas revisiones de las comunicaciones de los trabajadores en horario laboral se refieren también a WhatsApp, Telegram o, incluso, a Facebook.
La empresa ha sido condenada por no informar
Así pues, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha quitado la razón a la empresa después de que espiase los correos electrónicos del empleado sin avisarle previamente. La Gran Sala del Tribunal rectificaba así la sentencia del Tribunal rumano, que daba la razón al Estado y a la empresa.
El fallo concluye, por 11 votos contra 6, que las autoridades rumanas “no han alcanzado un justo equilibrio entre los intereses en juego” y “no han protegido correctamente” el derecho del demandante al respeto de su vida privada y su correspondencia.
Este derecho a la intimidad de la vida privada y familiar y de la correspondencia está protegido por el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Rectifica la sentencia de Rumanía
Según los integrantes de la Gran Sala, las autoridades de Rumanía no evaluaron adecuadamente las razones que argumentaban la implementación de esas medidas de vigilancia. Igualmente, tendrían que haber valorado si existía la posibilidad de emplear “medidas menos intrusivas” para la privacidad de los empleados.
El demandante, Bogdan Mihai Barbulescu, de 36 años, trabajó entre 2004 y 2007 en una empresa privada como ingeniero de ventas. En un momento determinado, sus superiores le pidieron abrir una cuenta de Yahoo Messenger como parte de su trabajo diario.
Más tarde se le informó de que se habían vigilado sus correos entre el 5 y el 13 de julio, con lo que comprobaron que había utilizado internet con fines personales. Y es que, según parece, en dichas comunicaciones había mensajes con su hermana y con su novia. Sólo unos días después, la empresa le despedía «por infringir el reglamento interior que prohibía el uso de sus recursos con fines personales».
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