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LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

¿Es posible un despido durante una baja médica?

por | Mar 21, 2017 | Contrato de trabajo, Laboral Particulares, Particulares | 0 Comentarios

La baja médica y el despido

¿Es posible un despido durante una baja médica?

No es la primera vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea lleva la contraria a la legislación laboral española. Ya lo hizo con respecto al caso de los interinos, y ahora lo hace sobre los despidos durante la baja médica.

Una baja médica es una declaración de incapacidad temporal de un trabajador. Por eso, el Juzgado de lo Social número 33 de Barcelona ha declarado nulo un despido que se produjo durante la misma. Sigue las indicaciones del tribunal europeo.

Este caso concreto ha sentado precedente. Y es que, de no haber un caso previo en el que intervino el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, habría sido improcedente en lugar de nulo.

Despido improcedente o despido nulo

No es lo mismo un despido improcedente que uno nulo. Y es que un despido improcedente se da cuando no hay motivos para el despido, o que la decisión de practicarlo no está sustentada por los requisitos mínimos exigibles por ley. El despido nulo, en cambio, es el que vulnera derechos fundamentales y liberates públicas, amparados por la Constitución.

Pero la diferencia fundamental se ve cuando hablamos de las consecuencias. En caso de despido improcedente, la empresa podrá elegir entre readmitir al trabajador, o indemnizarlo con la cantidad correspondiente. Sin embargo, en caso de que el despido sea declarado nulo, deberán reincorporar al trabajador en su puesto de trabajo; además, tendrán que abonarle los salarios de tramitación.

¿Qué son los salarios de tramitación? Son las nóminas que el trabajador ha dejado de percibir desde la fecha de despido hasta que se notifica la sentencia. Por eso, su cuantía suele ser mucho más elevada que una indemnización.

La sentencia de Barcelona

La sentencia del Juzgado de los Social número 33 de Barcelona ha determinado, este 23 de diciembre, que el despido de un cocinero accidentado ha sido nulo. Y es que el empleado sugrió un accidente laboral, puesto que resbaló, cayó y se rompió varios huesos mientras cumplía con su jornada laboral.

El cocinero pasó varias semanas de baja médica, y entonces fue despedido. La empresa alegó que el empleado no había alcanzado las expectativas establecidas por la empresa. Por eso, el empleador consideraba que no era idóneo para desempeñar su trabajo.

Sienta precedentes

Llegados a este punto, es cuando se ve la novedad en cuanto al despido. Al ser llevado a cabo cuando el empleado estaba de baja, ha sido declarado nulo, que no improcedente.

Es por ello que el trabajador debe ser readmitido. Además, tendrá las mismas condiciones de trabajo. Mientras tanto, la empresa debe abonarle los salarios de tramitación.

Esta sentencia, a pesar de haberse dictado por un Juzgado de primera instancia, sienta antecedentes en tanto las cuestiones prejudiciales emitidas por el Tribunal de Justicia Europeo han sido las determinantes en gran medida para obtener esta sentencia.

Por todo esto, ahora los trabajadores en situación de incapacidad temporal están más protegidos. Y es que hasta ahora se estimaba la improcedencia del despido si estaba provocado por la incapacidad temporal, en lugar de, como ahora ocurre, declararse nulo.

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