Cómo perder la fianza del alquiler
Cuando alguien alquila una vivienda, está obligado a depositar una fianza que cubrirá los posibles daños. Si se trata de una vivienda, será el equivalente a un mes de renta.
Todos los inquilinos están obligados a entregar una fianza. Si se trata de una vivienda, será una mensualidad. Si va a ser destinado a otro fin, serán dos meses. Una vez entregado, habrá que depositar ese importe en el organismo fijado por la Comunidad Autónoma correspondiente, que lo guardará hasta el final del contrato.
¿Es posible que no me la devuelvan?
En determinadas situaciones, el propietario no devolverá la fianza. Si se dan determinadas circunstancias, estará en su derecho. Si no, podremos reclamarla.
– Hay que devolver la vivienda como se entregó
Si el arrendador no indica lo contrario, habrá que entregar la vivienda tal y como estaba al entrar a vivir. Una pared pintada de un color diferente al original puede suponernos perder la parte proporcional de la fianza.
– Los daños del inmueble se pagarán
El arrendador puede reclamar la parte proporcional de la fianza si se han producido daños en el inmueble. Es importante matizar que no serán aquellos derivados del uso normal de la vivienda, sino por un mal uso imputable al inquilino.
– Si se abandona la vivienda antes de lo estipulado en el contrato
De acuerdo a la ley de arrendamientos, el inquilino puede dejar el piso transcurridos 6 meses de contrato. Siempre debe, eso sí, avisar previamente al propietario por escrito y de forma fehaciente con 30 días de antelación.
Sí es posible que el contrato incluya una cláusula complementaria. Así, es posible que se contemple una indemnización al casero con la cantidad equivalente a una mensualidad de la renta por cada año del contrato que reste por cumplir. En este caso, los períodos inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
– Se podrán cobrar las cuotas de alquiler pendientes
En caso de que no se pague el último mes (o anteriores), el propietario puede pedir una indemnización y hacer uso de la fianza.
La fianza no es para el propietario
En cualquier caso, la fianza nunca la conservará el propietario. No así, siempre debe depositarla en el organismo correspondiente. De hecho, este no puede quedarse por su cuenta la parte que considere de la fianza.
Cualquier indemnización debe solicitarse por vía judicial y demostrar los daños mediante pruebas. La recuperación de la fianza o de parte de esta dependerá de lo que el juez dictamine.
Una vez finalizado el contrato, habrá que comprobar que el inmueble se encuentra en buen estado y no hay deudas con las compañías de suministros. En ese momento, el propietario deberá solicitar al organismo correspondiente el reingreso de la fianza y abonársela al inquilino. Debe ser en un plazo máximo de un mes desde la devolución de las llaves.
Si esta información te ha resultado útil, te sugerimos que sigas navegando por lo siguientes enlaces:
0 comentarios