¿Cuánto dura el permiso por nacimiento en una familia monoparental?

por | Nov 20, 2020 | Familia, Hijos, Laboral Particulares, Particulares, Seguridad Social | 0 Comentarios

El permiso por nacimiento es de 16 semanas para las madres. Un tribunal le ha otorgado a una mujer 24 semanas de permiso por ser familia monoparental.

Un juez concede 24 semanas de permiso por nacimiento en una familia monoparental

Cuando una mujer tiene un hijo, tiene derecho a 16 semanas de permiso por nacimiento. Pero un juez ha determinado que una mujer, por ser familia monoparental, tenía derecho a 24 semanas.

Los menores tienen que ser atendidos y cuidados. Esa es una verdad innegable. Al parecer, eso ha sido lo que ha tenido en cuenta el tribunal. Y es que ha querido equiparar los derechos de los niños a los nacidos en un modelo familiar «biparental».

La sentencia es del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Suma el permiso de maternidad al del otro progenitor

Así pues, se ha reconocido el derecho de una trabajadora que al ser madre formó una familia monoparental a disfrutar de 24 semanas de permiso por nacimiento y cuidado del hijo. Y es que se han sumado las 16 semanas a las que tendría permiso, con las 8 que le corresponderían al otro progenitor.

De este modo, el tribunal ha estimado la solicitud de la trabajadora. Ella tuvo un hijo en junio de 2019 y, después de disfrutar de su permiso por nacimiento y cuidado del menor, solicitó disfrutar de las 8 semanas adicionales de permiso. En un primero momento, se lo denegaron.

Por eso, la trabajadora decidió recurrir. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dicho que sí tenía derecho a disfrutar de las 8 semanas restantes de prestación. Así pues, ha condenado a la Tesorería General de la Seguridad Social a abonar la prestación completa.

La protección al menor

En esta sentencia en concreto, ha sido fundamental la necesidad de protección del menor. Y es que se ha entendido que si no tenía esas 8 semanas adicionales, estaría en una situación de desventaja con respecto a las familias «biparentales».

El TSJPV ha considerado que las normas de protección de la maternidad tienen que estar encaminadas a proteger los intereses del menor. Así, los cuidados parentales están establecidos en el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales.

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