¿Cuáles son las nuevas estafas que afectan a las criptomonedas?

por | Dic 16, 2022 | Fianzas, Particulares, Penal, Penal económico | 0 Comentarios

El Tribunal Supremo dictó sentencia en relación con un caso con criptomonedas: sólo indemnizar con dinero de curso legal y no en bitcoins.

¿Cómo son las nuevas estafas con criptomonedas?

España es el cuarto país de la Unión Europea en tráfico de criptomonedas, lo que ha motivado la aparición de ciberestafas a través de dichas plataformas con la suscripción de contratos de trading de alta frecuencia.

Estas nuevas situaciones jurídicas han sido ya resueltas por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que definió la naturaleza jurídica de estas divisas virtuales  al fijar condena por estafa cometida a través de las criptomonedas en una Sentencia de fecha 20/06/2019 a un trader por captación de criptomonedas sin que realizara finalmente la inversión.

 

 

El bitcoin no es sino un activo patrimonial inmaterial

El Tribunal Supremo dice que el bitcoin no es sino un activo patrimonial inmaterial, en forma de unidad de cuenta definida mediante la tecnología informática y criptográfica denominada bitcoin, cuyo valor es el que cada unidad de cuenta o su porción alcance por el concierto de la oferta y la demanda en la venta que de estas unidades se realiza a través de las plataformas de trading Bitcoin.

Aun cuando el precio de cada bitcoin se fija al costo del intercambio realizado, y no existe por tanto un precio mundial o único del bitcoin, el importe de cada unidad en las diferentes operaciones de compra (por las mismas reglas de la oferta y de la demanda), tiende a equipararse en cada momento.

 

 

De ninguna manera el bitcoin es dinero y no puede tener esa consideración legal

Este coste semejante de las unidades de cuenta en cada momento permite utilizar al bitcoin como un activo inmaterial de contraprestación o de intercambio en cualquier transacción bilateral en la que los contratantes lo acepten, pero en modo alguno es dinero, o puede tener tal consideración legal.

La Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico, indica en su artículo 1.2 que por dinero electrónico se entiende solo el » valor monetario almacenado por medios electrónicos o magnéticos que represente un crédito sobre el emisor, que se emita al recibo de fondos con el propósito de efectuar operaciones de pago «.

 

 

 

Se debe devolver el importe de la aportación dineraria realizada

El Tribunal no puede acordar la restitución de los bitcoins, siendo lo adecuado reparar el daño e indemnizar los perjuicios en la forma que se indicó en la sentencia de instancia, esto es, retornado a los perjudicados el importe de la aportación dineraria realizada (daño), con un incremento como perjuicio que concreta en la rentabilidad que hubiera ofrecido el precio de las unidades bitcoin entre el momento de la inversión y la fecha del vencimiento de sus respectivos contratos.

 

 

Los riesgos de las criptomonedas y las advertencias de las instituciones

Otras instituciones, el 17-03-2022 como el Banco de España (BDE), la CNMV( Comisión Nacional del Mercado de Valores) y la Dirección General de Seguros emitieron comunicado conjunto sobre la advertencia de los reguladores financieros europeos en relación con los riesgos de los criptoactivos suponen para los consumidores en la Unión Europea, por lo que no resultan adecuados como inversión ni como medio de pago o intercambio para la mayoría de consumidores minoristas.

 

 

La publicidad engañosa de las criptomonedas en el punto de mira

La CNMV ha aprobado una Circular 1/2022, de 10 de enero sobre la publicidad relativa a la inversión en criptoactivos que tiene como objetivo que las campañas publicitarias en este ámbito se lleven a cabo siguiendo determinadas directrices en su contenido y formato, y que incluyan información suficiente sobre los riesgos de la potencial inversión.

Además, el BDE ha puesto en funcionamiento un Registro en el que deberán inscribirse quienes ofrezcan en España determinados servicios (cambio de criptomonedas por moneda de curso legal y custodios de monederos digitales).

 

Sagrario Verdejo Gutiérrez

Responsable Departamento Penal

Bufete Prolegue, S.L

 

 

Si esta información te ha resultado útil, te sugerimos que sigas navegando por los siguientes enlaces:

Las primeras estafas vía Bizum llegan a los tribunales

El Santander devuelve 20.000 euros a una clienta por phishing

El delito de estafa: qué es

0 comentarios

Deja un comentario