Los días inhábiles de la administración
Cada año hay días inhábiles que sufren variaciones. Si quieres saber cuáles serán los festivos de este 2017, sigue leyendo.
La Secretaría de Estado de Función Pública, a través de la Resolución de 27 de Diciembre de 2.016, ha hecho público el nuevo Calendario de días inhábiles para el año 2.017 a efectos del cómputo de plazos administrativos.
Por tanto, en la relación de días inhábiles recogidas en esta Resolución no se podrán realizar trámites administrativos en ninguna Administración ni Institución Pública ni tampoco se contabilizarán dentro de los plazos computables para realizar dichos trámites.
Calendario Días Inhábiles 2017
Así se establece que serán inhábiles en todo el ámbito territorial nacional los sábados, domingos y días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido facultad de sustitución que aparecen recogidos en el Calendario Laboral 2.017 y que serían los siguientes:
– 6 de Enero: Día de Reyes.
– 14 de Abril: Viernes Santo.
– 1 de Mayo: Día del Trabajo.
– 15 de Agosto: Asunción de la Virgen.
– 12 de Octubre: Fiesta Nacional de España.
– 1 de Noviembre: Día de Todos los Santos.
– 6 de Diciembre: Día de la Constitución Española.
– 8 de Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
– 25 de Diciembre: Día de Navidad
Días inhábiles por comunidades autónomas
También serán inhábiles, en el ámbito de cada Comunidad Autónoma, aquellos días determinados por éstas como festivos que serían los siguientes:
– 2 de Enero: Festivo en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla Y León, Murcia y Melilla.
– 28 de Febrero: Festivo en Andalucía.
– 1 de Marzo: Festivo en Islas Baleares.
– 20 de Marzo: Festivo en la Comunidad de Madrid y en Extremadura.
– 13 de Abril: (Jueves Santo) Festivo en Andalucía, Aragón, Asturias, Islas Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla – La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla.
– 17 de Abril: Festivo en Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra, País Vasco y La Rioja.
– 24 de Abril: Festivo en Aragón y Castilla y León.
– 2 de Mayo: Festivo en la Comunidad de Madrid.
– 17 de Mayo: Festivo en Galicia.
– 26 de Mayo: Festivo en Castilla La Mancha.
– 30 de Mayo: Festivo en Islas Canarias.
– 31 de Mayo: Festivo en Castilla La Mancha.
– 9 de Junio: Festivo en Murcia y La Rioja.
– 15 de Junio: Festivo en Castilla La Mancha.
– 25 de Julio: Festivo en Galicia, Navarra y País Vasco.
– 28 de Julio: Festivo en Cantabria.
– 1 de Septiembre: Festivo en Ciudad Autónoma de Ceuta y en Melilla.
– 8 de Septiembre: Festivo en Asturias y Extremadura.
– 11 de Septiembre: Festivo en Cataluña.
– 15 de Septiembre: Festivo en Cantabria.
– 9 de Octubre: Festivo en Comunidad Valenciana.
– 26 de Diciembre: Festivo en Cataluña.
Además, también serán inhábiles en el ámbito de las Corporaciones Locales aquellos días que sean festivos locales según lo que determine cada Ayuntamiento o Corporación Local. En el caso de la ciudad de Madrid, serás festivos de carácter local el Lunes 15 de Mayo de 2.017, fiesta de San Isidro, Patrón de la ciudad de Madrid y el Jueves 9 de Noviembre de 2.017, Día de la Almudena, Patrona de la ciudad de Madrid.
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