Dar se alta en autónomos paso a paso
Cuando alguien toma la decisión de empezar a trabajar por cuenta propia, siempre surgen muchas dudas. Pero lo primero que hay que tener claro es cómo darse de alta en el Régimen de Autónomos.Los trámites para empezar a trabajar como autónomos no son complicados. No obstante, sí requiere realizar algunos trámites administrativos para que todo salga bien.
Seguridad Social y Hacienda
El trámite mínimo para darse de alta en autónomos pasa por ir a la Seguridad Social y a Hacienda. Si el trabajo por cuenta propia incluye un local o establecimiento, también habrá que hacer gestiones con el Ayuntamiento para obtener la licencia de apertura y, si fuese necesario, la licencia de obras.
En el caso de contratar algún trabajador, habrá que llevar a cabo una serie de trámites adicionales más complejos.
Alta online de autónomos
Actualmente, ya es posible hacerse autónomo por Internet ahorrando tiempo.
Para hacerse autónomo de forma telemática, lo primero que se necesita es un solicitar un certificado digital, o DNI electrónico, con el que poder identificarse y acceder a todos estos trámites en línea para autónomos.
Una vez tengamos el certificado digital o el DNI electrónico, será el momento de darse de alta telemáticamente en Hacienda. Cuando ya tenemos el certificado digital o DNI electrónico tenemos que darnos de alta en Hacienda por Internet. Para ellos, debemos entrar en la Sede electrónica de la página web de la Agencia Tributaria, buscar ‘modelo 036 y 037’ y rellenar el modelo 037 para enviarlo en “Cumplimentación y presentación telemática 037“.
Alta en la Seguridad Social
En un plazo de 60 días antes del inicio de actividad deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.
Antes del 1 de enero de 2018 el criterio de Seguridad era distinto: el autónomo contaba con 30 días naturales de margen para gestionar el alta en el RETA a partir de su alta en Hacienda. Eso sí, solo se empieza a cotizar a partir de la fecha de inicio de actividad marcada por el alta en Seguridad Social.
Deberemos descargar y rellenar el modelo TA.0521/1 y enviarlo en el apartado de ‘Solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos‘.
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