Anulan la plusvalía municipal ¿Es un adiós definitivo o un hasta pronto?

por | Oct 28, 2021 | Compraventa, Fiscal y tributario, Inmobiliario y vivienda, Particulares | 0 Comentarios

El Tribunal Constitucional tumba la “Plusvalía Municipal” generando inseguridad tanto para Ayuntamientos como para contribuyentes.

¿Qué pasa con la plusvalía municipal ahora? ¿Y con los que la hayan pagado en el pasado? ¿Puedo recurrir?

El Tribunal Constitucional tumba la forma de cálculo del Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más comúnmente conocido como “Plusvalía Municipal” generando una situación de inseguridad tanto para los Ayuntamientos como para los contribuyentes.

 

¿Qué grava “la plusvalía municipal?

Este tributo municipal, de carácter directo, grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana en el momento que estos se transmiten (venta, donación o herencia).

 

¿Quiénes se benefician del cobro de este impuesto?

El IIVTNU es un tributo de carácter municipal, por lo que los beneficiados de su recaudación son los Ayuntamientos.  Este impuesto supuso en el año 2.020 unos ingresos de aproximadamente 2.500 millones de euros para los Ayuntamiento, motivo por el cual se sitúan como los grandes damnificados de esta nueva sentencia.

 

¿Qué dice el Tribunal Constitucional?

A días de poder conocer el contenido completo de la sentencia del Tribunal Constitucional, varias fuentes han adelantado el groso de esta, así como las causas por las que se ha llegado a dichas conclusiones.

El TC ha considerado que la forma de cálculo de este impuesto es inconstitucional, por tomarse como valor actual de los terrenos, el valor catastral de estos y no tener en cuenta su valor real.

Se prevé que en el momento en el que esta sentencia se haga firme, dejará de ser posible por parte de los Ayuntamientos recaudar este tributo, al menos hasta que se modifique la actual forma de cálculo.

 

Hay que analizar caso por caso para analizar de qué forma afecta a las transmisiones de terrenos urbanos

Si bien, pese a lo que se creía inicialmente, el TC ha adelantado que no se podrá aplicar esta nueva normativa con efecto retroactivo a las Plusvalías ya devengadas, salvo en aquellos casos en los que el contribuyente tuviera abierto un procedimiento legal previo a esta sentencia.

Por parte de los contribuyentes solo queda esperar a que se publique la sentencia firme del Tribunal Constitucional, para poder analizar caso por caso de que forma afecta a las transmisiones de terrenos urbanos de ahora en adelante.

Foto: Europa Press

 

Natalia Riesco

Departamento Contabilidad-Fiscal

Bufete Prolegue

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